Este es otro de los beneficios que tiene contratar un seguro de responsabilidad civil para una comunidad de propietarios y es que permite indemnizar a vecinos, copropietarios y a terceros. Por ejemplo, en el caso de que un elemento de la fachada caiga y provoque un daño a un transeúnte, la póliza contratada se haría cargo. Asimismo, esta protege a los propietarios de los perjuicios que puedan sufrir dentro del edificio.
Algunas aseguradoras ofrecen coberturas extras como:
● Robo: esta cobertura se encarga de cubrir a la comunidad de vecinos frente a los daños en caso de robo o hurto. Incluso, se puede añadir el cambio de cerraduras y llaves, o los artículos sustraídos. No obstante, esta garantía tiene que ser negociable al momento de contratar el seguro, pues no todos la incorporan.
● Alojamiento provisional: en caso de siniestros que supongan un desalojo, la aseguradora ofrece un alojamiento temporal a los propietarios o copropietarios en un hotel o vivienda de alquiler hasta que los daños del edificio sean solucionados y sea seguro volver a habitarlo.
● Accidentes de empleados: si se cuenta con empleados para realizar trabajo doméstico, mantenimiento o portero, esta cobertura es para cubrir las indemnizaciones y gastos sanitarios en caso de invalidez, incapacidad o fallecimiento del trabajador. Incluye también la asistencia médica, desplazamientos y estancias médicas.
● Asistencia jurídica: algunas compañías aseguradoras incluyen esta cobertura en el caso de que se demande a la comunidad de vecinos, para que esta cuente con asesoría y representación legal.