Has decidido vender tu piso o tu casa porque quieres buscar algo más mejor, así que empiezas a hacer los trámites necesarios para poder hacerlo correctamente, sin dejar documentos ni cuentas pendientes: dar de baja los servicios contratados, sanear las paredes, sacar el mobiliario…pero ¿y el seguro de hogar que tengo contratado? No te preocupes, te lo contamos todo a continuación.
¿Y si no tengo una hipoteca?
En el caso de una vivienda que no está hipotecada tienes dos opciones, como propietario vendedor: cancelar la póliza de seguro de hogar de acuerdo a los términos establecidos cuando se contrató, o traspasar dicha póliza al comprador. En caso de que esto último no fuera posible por condiciones de la empresa aseguradora, esta tendría que responder por el reembolso de la parte de la póliza que no fue consumida.
Si optas por cancelar la póliza, debes tener en cuenta que ese seguro de hogar tiene unas condiciones particulares que fueron aceptadas en el momento de firmar el contrato. Lo más habitual es que el contrato se renueve de manera anual y que lo haga automáticamente a menos que el asegurado indique lo contrario. Según consta en la Ley de Seguros, es necesario anunciar con al menos dos meses de antelación acerca de la cancelación de la póliza y que esto ocurra antes de la fecha de renovación de la misma. No es recomendable dejar de pagar las primas; recuerda que estás sujeto a un contrato regulado con una aseguradora y dejar de pagar puede traer consecuencias.