En términos generales, las normativas locales en España establecen franjas horarias en las que se permite realizar actividades ruidosas, como reformas, fiestas o música. El horario diurno suele comenzar a las 8:00 o 9:00 horas y terminar alrededor de las 21:00 o 22:00 horas, dependiendo del municipio. Durante este horario, se tolera un nivel de ruido moderado, siempre que no exceda los límites establecidos por la ley.
La franja nocturna, comprendida entre las 22:00 horas y las 8:00 horas, es considerada de descanso, y cualquier ruido que supere los niveles permitidos puede ser denunciado. Sin embargo, algunas comunidades autónomas y municipios pueden tener horarios más estrictos, por lo que es importante consultar la normativa local específica.