Concurrencia de seguros de hogar y comunidad: ¿qué es?

La concurrencia del seguro del hogar y de la comunidad se da cuando dos o más aseguradoras cubren el mismo incidente a la vez, es decir, varias compañías de seguros se hacen responsables del siniestro por partida doble. Lejos de ser beneficiosa, esta situación puede provocar más de un quebradero de cabeza, pues son las compañías las que deben acordar cómo indemnizar el daño.

Un ejemplo donde podría darse concurrencia en el seguro del hogar y de la comunidad es en la rotura de los cristales de la fachada. En este caso, los cristales de las viviendas cuyas ventanas se encuentren en la fachada del edificio podrían estar incluidos tanto en la póliza de la comunidad como en la del hogar.

Según el artículo 32 de la Ley de Sociedades de Capital  (LSC), cada compañía debe cubrir el siniestro en proporción a la suma asegurada. Además, según el artículo 31 de la Ley de Contrato de Seguro, la suma de las indemnizaciones no puede superar el valor del riesgo asegurado.

Los incendios, las inundaciones y los daños por fenómenos atmosféricos son algunos daños comunes tanto para el seguro de hogar como para el seguro de propietarios, y son las compañías las que deben acordar cómo indemnizar el daño. Sin embargo, es el tomador del seguro quien tiene la responsabilidad de comunicar a cada compañía la existencia del resto de aseguradoras.

Cuando se produce una concurrencia entre el seguro del hogar y el seguro de la comunidad, ocurren varios escenarios:

●       Se gestiona el siniestro a través del seguro comunitario y posteriormente la compañía de la comunidad reclama la parte concurrente al seguro del hogar. En este caso, el beneficiario debe dejar por escrito que no ha dado parte a su seguro privado.

●       La compañía de seguros privada repara los daños y reclama después la parte proporcional al seguro de la comunidad.

El seguro del hogar y el seguro de la comunidad ofrecen coberturas diferentes debido a que el objetivo de ambas pólizas es distinto. Sin embargo, la vivienda particular se encuentra dentro de la comunidad de vecinos y los límites entre las coberturas son un poco difusos, así que a veces puede producirse la concurrencia del seguro del hogar y de la comunidad. Por tanto, si las distintas pólizas cubrieran el incidente y abonaran la indemnización para el mismo siniestro, el beneficiario recibiría una sobrecompensación.

Sin embargo, la finalidad de los seguros es restituir el valor acordado en la póliza y no lucrarse por el incidente. De modo que, si no se comunica al resto de compañías la existencia del resto de aseguradoras, es posible que el beneficiario no reciba ninguna indemnización.

La concurrencia del seguro del hogar y de la comunidad puede dar lugar a un encuentro en los tribunales debido a los problemas que puede suponer la interpretación de las pólizas. Sin embargo, hay casos en los que es posible asegurar varias veces el mismo riesgo y recibir todas las indemnizaciones. Es lo que sucede con los seguros de vida, de accidentes y de decesos, ya que el riesgo asegurado no tiene un valor concreto y se le asigna un coste dentro de la póliza. Además, el valor de la prima está fijado para después percibir una indemnización determinada.

De todos modos, si se produce una concurrencia de seguros del hogar y de la comunidad, conviene que revises las coberturas de las pólizas y consultes con un asesor.

Aunque la concurrencia de seguros del hogar y de la comunidad puede surgir cuando se poseen ambas garantías, conviene no prescindir de ninguno. Al fin y al cabo, ambas pólizas son complementarias y garantizan mayores coberturas en caso de siniestro. Eso sí, si quieres evitar la concurrencia, es recomendable conocer las coberturas de cada seguro y solicitar asesoramiento.

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