¿Cómo se calcula la Invalidez permanente total?

30/04/2021
Cuando un trabajador queda inhabilitado para desarrollar las actividades habituales o fundamentales de su profesión, siempre que pueda dedicarse a otra distinta, tendrá derecho a recibir una prestación que consiste en una pensión vitalicia mensual que puede ser sustituida de manera excepcional por una indemnización a tanto alzado, siempre y cuando el beneficiario tenga menos de 60 años. El cálculo de la incapacidad permanente total es una de las cuestiones que más dudas genera en los empleados, por lo que desde Allianz queremos explicarte de manera sencilla las principales pautas que has de tener en cuenta para que no se convierta en un dolor de cabeza adicional al que ya supone toda la gestión de la solicitud de la propia prestación.
calcular invalidez total

Antes de entrar en materia, conviene recordar que la incapacidad permanente total no es lo mismo que la pensión por incapacidad permanente absoluta. Aunque comparten ciertas características, ambas se aplican en circunstancias distintas y se calculan tomando en cuenta diferentes factores.

Teniendo estos conceptos claros, la segunda cuestión que nos interesa saber es cómo se calcula la cuantía de la pensión de IPT (Incapacidad Permanente Absoluta). En términos generales, se obtiene de aplicar un porcentaje a la base reguladora que corresponda tomando en cuenta la causa que origina la incapacidad.

Por ejemplo, si deriva de una enfermedad común, la prestación no podrá ser inferior al 55% de la base mínima de cotización fijada anualmente en la Ley de Presupuestos Generales del Estado para la pensión de incapacidad permanente total producto de una enfermedad común de titulares con menos de sesenta años con cónyuge no a cargo.

Aunque por norma general el porcentaje que se aplica es el 55% de la base reguladora, este puede incrementarse en un 20% y beneficiar exclusivamente a personas mayores de 55 años que, por falta de preparación general o especializada o bien por circunstancias sociales y laborales ajenas a su voluntad, no puedan encontrar un empleo que le permita desempeñarse en una actividad distinta a la habitual.

En el caso de trabajadores que hayan accedido a la pensión de incapacidad permanente total derivada de contingencias comunes por no reunir los requisitos para poder disfrutar de una jubilación pública, el porcentaje aplicable será el correspondiente al período mínimo de cotización establecido en el momento para acceder a la pensión del estado. Hablamos de un 50% que se aplica a la base reguladora correspondiente y que afecta únicamente a empleados que hayan alcanzado la edad ordinaria de jubilación o más años.

  • Es posible, pero será la gravedad del accidente de trabajo o enfermedad profesional lo que lo determinará. En ese caso, la prestación podrá aumentarse en un 30% y hasta el 50% cuando se pueda comprobar que la lesión se ha producido por el uso de máquinas o artefactos en las instalaciones o centros de trabajo que carezcan de equipos en óptimas condiciones y buenas prácticas de seguridad y salud laboral. En este caso, será el empresario infractor quien tenga que asumir dicho recargo.

Incapacidad derivada de enfermedad común

El cálculo de la base reguladora dependerá de la causa que origine la incapacidad permanente total. Por ejemplo, un trabajador mayor de 52 años y menor de 65 años en la fecha del hecho causante cuya incapacidad sea producto de una enfermedad común tendrá que dividir por 112 las bases de cotización durante los 96 meses inmediatamente anteriores al mes previo al del hecho causante. Para el cómputo de dichas bases se tomarán en cuenta las siguientes reglas:

  • Se computarán en su valor nominal las bases de los 24 meses anteriores al mes previo al del hecho causante.
  • Las bases restantes se actualizarán de acuerdo a la evolución del IPC (Índice de Precios al Consumidor).

Trabajadores menores de 52 años en la fecha del hecho causante (al que se exige un período de cotización inferior a 8 años):

El cociente que resulte de dividir la suma de las bases mensuales de cotización en número igual al de meses de que conste el período mínimo de cotización exigible por el número de meses a que dichas bases se refieran. Luego se tendrá que multiplicar este divisor por el coeficiente 1,1666. No se tendrán en cuenta las fracciones del mes ni la actualización de las bases correspondientes a los 24 meses inmediatamente anteriores al mes previo al que se produzca el hecho causante.

 

Trabajador con 65 o más años en la fecha del hecho causante que no reúne los requisitos para la jubilación:

La base reguladora será el cociente que resulte de dividir por 112 las bases de cotización durante los 96 meses inmediatamente anteriores al mes previo al del hecho causante.

 

Trabajadores a tiempo parcial:

Cuando la incapacidad permanente total sea producto de una enfermedad común, para el cálculo de la base reguladora, se tendrán en cuenta las mismas reglas que en la pensión de jubilación pública.

 

Incapacidad derivada de accidente no laboral

En estos casos, la base reguladora será el cociente que resulte de dividir por 28 la suma de las bases de cotización del afectado durante un período ininterrumpido de 24 meses. En este caso, el beneficiario podrá elegir el período dentro de los 7 años inmediatamente anteriores a la fecha del hecho causante a la pensión.

 

Si la incapacidad deriva de accidente de trabajo o enfermedad profesional

La base reguladora se calculará sobre los salarios reales percibidos, teniendo en cuenta que no podrán exceder el tope máximo de cotización ni ser inferiores al tope mínimo, vigentes al momento de la incapacidad. 

En definitiva, el cálculo de la incapacidad permanente total es compleja y depende de muchos factores, y sobre todo, de la situación que dé lugar a la situación de incapacidad y a otras circunstancias específicas de cada trabajador: la edad, si son o no trabajadores a tiempo parcial, si han alcanzado el período mínimo de cotización exigido, entre otras cuestiones.

Sin lugar a dudas, contar con un seguro de vida para proteger nuestro futuro y el de nuestros seres queridos en momentos difíciles es una de las mejores decisiones que podemos tomar. En caso de invalidez permanente o total, este tipo de pólizas nos garantizan, por un tiempo determinado, que contaremos con una fuente económica que nos permitirá hacer frente a nuestras obligaciones mientras no podamos trabajar.

Ten en cuenta que, aunque se trata de una cobertura muy común de las pólizas de vida, no todas las modalidades dan cobertura a este tipo de contingencias, como es el caso de los seguros básicos. ¿Necesitas orientación al respecto? ¿Quieres cubrirte las espaldas y proteger a los que más quieres? El primer paso es informarte y en Allianz contamos con asesores profesionales que te ayudarán a elegir el producto idóneo que se adapte a tu estilo de vida y a las necesidades que puedan surgir en el futuro.

¿Te llamamos?
Déjanos tu teléfono y nos pondremos en contacto contigo
Asesoramiento jurídico y médico
 Llama de lunes a jueves de 9.00h a 19.00h y viernes hasta las 18:00h