Incapacidad derivada de enfermedad común
El cálculo de la base reguladora dependerá de la causa que origine la incapacidad permanente total. Por ejemplo, un trabajador mayor de 52 años y menor de 65 años en la fecha del hecho causante cuya incapacidad sea producto de una enfermedad común tendrá que dividir por 112 las bases de cotización durante los 96 meses inmediatamente anteriores al mes previo al del hecho causante. Para el cómputo de dichas bases se tomarán en cuenta las siguientes reglas:
- Se computarán en su valor nominal las bases de los 24 meses anteriores al mes previo al del hecho causante.
- Las bases restantes se actualizarán de acuerdo a la evolución del IPC (Índice de Precios al Consumidor).
Trabajadores menores de 52 años en la fecha del hecho causante (al que se exige un período de cotización inferior a 8 años):
El cociente que resulte de dividir la suma de las bases mensuales de cotización en número igual al de meses de que conste el período mínimo de cotización exigible por el número de meses a que dichas bases se refieran. Luego se tendrá que multiplicar este divisor por el coeficiente 1,1666. No se tendrán en cuenta las fracciones del mes ni la actualización de las bases correspondientes a los 24 meses inmediatamente anteriores al mes previo al que se produzca el hecho causante.
Trabajador con 65 o más años en la fecha del hecho causante que no reúne los requisitos para la jubilación:
La base reguladora será el cociente que resulte de dividir por 112 las bases de cotización durante los 96 meses inmediatamente anteriores al mes previo al del hecho causante.
Trabajadores a tiempo parcial:
Cuando la incapacidad permanente total sea producto de una enfermedad común, para el cálculo de la base reguladora, se tendrán en cuenta las mismas reglas que en la pensión de jubilación pública.
Incapacidad derivada de accidente no laboral
En estos casos, la base reguladora será el cociente que resulte de dividir por 28 la suma de las bases de cotización del afectado durante un período ininterrumpido de 24 meses. En este caso, el beneficiario podrá elegir el período dentro de los 7 años inmediatamente anteriores a la fecha del hecho causante a la pensión.
Si la incapacidad deriva de accidente de trabajo o enfermedad profesional
La base reguladora se calculará sobre los salarios reales percibidos, teniendo en cuenta que no podrán exceder el tope máximo de cotización ni ser inferiores al tope mínimo, vigentes al momento de la incapacidad.
En definitiva, el cálculo de la incapacidad permanente total es compleja y depende de muchos factores, y sobre todo, de la situación que dé lugar a la situación de incapacidad y a otras circunstancias específicas de cada trabajador: la edad, si son o no trabajadores a tiempo parcial, si han alcanzado el período mínimo de cotización exigido, entre otras cuestiones.