La muerte del cotitular de una cuenta bancaria puede generar muchas dudas. ¿Qué pasa con el dinero? ¿Quién puede acceder a él? ¿Son muchos los trámites que debemos realizar?  Es el momento de resolver todas estas preguntas: te explicamos de forma clara y sencilla todo lo que necesitas saber sobre esta situación.
¿Qué sucede con una cuenta bancaria si fallece un cotitular?

Aunque a menudo se usan indistintamente, los términos "titular" y "cotitular" tienen connotaciones legales diferentes:

  • Titular: Es la persona que inicia la relación contractual con la entidad bancaria y tiene plenos poderes sobre la cuenta.
  • Cotitular: Es otra persona que se añade a la cuenta y comparte los mismos derechos y obligaciones que el titular principal. Ambos pueden realizar cualquier operación sobre la cuenta de forma independiente.

Profundicemos un poco más en este último concepto. Los aspectos claves de ser cotitular son los siguientes:

  • Acceso conjunto: Ambos titulares pueden disponer del dinero de la cuenta en cualquier momento y lugar.
  • Responsabilidad compartida: Los dos son responsables de las operaciones realizadas en la cuenta, incluso si solo una de las partes las ha ejecutado.
  • Decisión conjunta: En principio, ambas partes deben estar de acuerdo para realizar cambios importantes en la cuenta, como cerrar la cuenta o modificar los titulares.
Los derechos y responsabilidades de los cotitulares son, en general, iguales. Sin embargo, pueden existir excepciones si así se ha pactado en el contrato de la cuenta.
La muerte de un cotitular no suele tener un impacto inmediato en la cuenta. El cotitular superviviente puede seguir utilizando la cuenta con normalidad. Sin embargo, es importante comunicarle al banco el fallecimiento para que se actualicen los registros.

Salvo excepciones previamente acordadas, el cotitular superviviente puede seguir accediendo a todo el dinero de la cuenta. Sin embargo, la situación puede complicarse en los siguientes casos:

  • Cuando existe un testamento: El testamento puede establecer condiciones específicas sobre el destino del dinero.
  • Hay otros herederos: Los herederos del fallecido pueden reclamar su parte de la herencia, incluyendo la parte que correspondía al fallecido en la cuenta conjunta.

En una cuenta con dos titulares, si uno fallece, es importante que el superviviente entregue una serie de documentos al banco:

  • Certificado de defunción: Es el documento que acredita el fallecimiento.
  • Documento de identidad del cotitular superviviente: Para acreditar su identidad.
  • Testamento (si existe): Si el fallecido dejó testamento, este documento indicará cómo se debe repartir la herencia.

Soy cotitular y fallece el titular, ¿qué derechos tengo? Esta es una pregunta que se hace cualquiera que se vea en esta situación. En realidad, no hay una única respuesta, ya que dichos derechos dependerán de cómo esté constituida la cuenta:

  • Cuenta en comunidad: El cotitular se convierte en el único titular de la cuenta y puede disponer libremente del dinero.
  • Cuenta en partes iguales: La parte correspondiente al fallecido pasará a sus herederos. El cotitular superviviente podrá seguir disponiendo de su parte, pero no de la parte correspondiente a la herencia.
En general, la cuenta no se bloquea de forma automática. Sin embargo, el banco puede tomar esta medida de forma cautelar hasta que se aclare la situación y se presente la documentación necesaria.
Para desbloquear los fondos, el cotitular superviviente deberá seguir los pasos indicados por el banco, que normalmente incluyen presentar la documentación mencionada anteriormente.
El fallecimiento de un cotitular tiene implicaciones legales y fiscales:
El impuesto de sucesiones es un impuesto que grava la adquisición de bienes o derechos por causa de muerte. La cuantía del impuesto varía en función de la comunidad autónoma y del grado de parentesco entre el fallecido y el heredero.

El reparto de los saldos de la cuenta se realizará según lo establecido en el testamento del fallecido o, en su defecto, según las leyes de sucesión de cada comunidad autónoma.

La mejor forma de facilitar todos los procesos es contar con un seguro de decesos, que en la mayoría de los casos, suele contar en su cobertura con la gestión de servicios jurídicos.

También un seguro de vida es una fórmula muy recomendable para proteger a tus seres queridos ante cualquier situación.   

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