A diferencia de la Incapacidad Permanente Total que inhabilita al trabajador para llevar a cabo las principales labores de su profesión pero, que le permite dedicarse a otra distinta, la Incapacidad Permanente Absoluta invalida por completo al empleado para cualquier oficio o profesión.
Lo que sí tienen ambas en común es que cualquiera de las dos puede clasificarse como gran invalidez siempre y cuando, además de las pérdidas anatómicas o funcionales, el trabajador llegue a precisar asistencia de otra persona para llevar a cabo actividades esenciales del día a día.