¿En qué situaciones me pueden dar una invalidez absoluta?

13/04/2021
Tiene derecho a una prestación económica que cubra la pérdida de ingresos aquel trabajador que, a causa de una enfermedad grave o accidente, vea reducida o anulada su capacidad de ejercer una actividad laboral de manera permanente. Se trata de la Pensión de Incapacidad Permanente Absoluta, una asistencia económica que abona el INSS (Instituto Nacional de la Seguridad Social) o la mutua a cualquier persona incluida en algún régimen de la Seguridad Social que padezca de limitaciones físicas o psíquicas que le impiden trabajar. ¿Te interesa conocer en qué situaciones se otorga y cuáles son los requisitos para solicitarla? Sigue con nosotros y conoce todos los detalles alrededor de una prestación que, aunque es revisable, supone un respiro y tranquilidad para muchas personas que, por causas ajenas, no pueden seguir trabajando.
dar invalidez absoluta

A diferencia de la Incapacidad Permanente Total que inhabilita al trabajador para llevar a cabo las principales labores de su profesión pero, que le permite dedicarse a otra distinta, la Incapacidad Permanente Absoluta invalida por completo al empleado para cualquier oficio o profesión.

Lo que sí tienen ambas en común es que cualquiera de las dos puede clasificarse como gran invalidez siempre y cuando, además de las pérdidas anatómicas o funcionales, el trabajador llegue a precisar asistencia de otra persona para llevar a cabo actividades esenciales del día a día.

A esta prestación que reconoce una pensión del 100% de la base reguladora puede acceder cualquier persona incluida en el Régimen General, declarada en situación de incapacidad permanente absoluta indistintamente de la contingencia que haya dado origen a la invalidez. Eso sí, es obligatorio cumplir con los siguientes requisitos:

  • No haber alcanzado la edad de jubilación o no reunir los requisitos que exige la ley para beneficiarse de la pensión de jubilación contributiva, siempre que la incapacidad derive de contingencias comunes.
  • La persona debe estar afiliada y en situación de alta, asimilada a la de alta o en posición de no alta. Si la incapacidad laboral ha sido producto de un accidente de trabajo o enfermedad profesional, se considera que el trabajador está dado de alta y, por ende, tiene derecho a la prestación, aunque el empresario no haya cumplido con sus deberes legales. Cabe mencionar que, con independencia de esta condición, la persona puede beneficiarse del derecho a la prestación siempre que pueda acreditar quince años de cotización en total de los cuales tres se hayan cotizado en los últimos diez años.
  • Tener cubierto un período mínimo de cotización si la incapacidad permanente deriva de una enfermedad común o de un accidente no laboral y el afectado no se encuentra en situación de alta ni asimilada.
  • Algunas situaciones llegan a nuestras vidas de manera inesperada. Un día gozamos de buena salud y de un momento a otro, un accidente o enfermedad nos quita la posibilidad de trabajar y seguir siendo el sustento de nuestra familia. Desde luego, una actitud positiva nos permitirá disfrutar de la vida, no obstante, ser precavidos y pensar en los nuestros siempre es lo más conveniente.
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  • Para ello, existen los seguros de vida. Son productos destinados a proteger el futuro de los que más queremos en caso de fallecimiento o invalidez. Así pues, garantizamos que, por un período de tiempo determinado, nuestros seres queridos no tendrán que preocuparse de nada o al menos no de los asuntos económicos.
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  • Aunque los seguros de vida contemplan situaciones de incapacidad total o absoluta, no todas las modalidades de pólizas cubren estos tipos de contingencias. Así pues, mientras que un seguro de vida todo riesgo incluye dentro de sus coberturas la invalidez permanente absoluta, una póliza básica no.
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  • En caso de que la cobertura esté incluida dentro de las condiciones de la póliza de vida suscrita, la compañía aseguradora adelantará al cliente todo o parte del capital asegurado e inicialmente destinado a la indemnización por fallecimiento.
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  • Desde Allianz te aconsejamos repasar con detenimiento las condiciones del contrato para saber exactamente qué cubre nuestro seguro de vida y cuáles son sus límites.

La solicitud se hace ante el INSS quien realizará de oficio cuantas actuaciones considere necesarias para determinar el grado de incapacidad. Para ello, requerirá una serie de documentación y pruebas médicas.

Posteriormente, será un médico facultativo del equipo de valoración de incapacidades quien elaborará un informe médico basado en las pruebas médicas aportadas. De manera simultánea, la Dirección Provincial del INSS elaborará un informe de los antecedentes profesionales del trabajador. Finalmente, se analizarán todos los informes y se emitirá una propuesta de resolución.

 

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