Consejos para desplazarse en transporte público al trabajo
Viajes en transporte público
Una de nuestras primeras recomendaciones si te desplazas en transporte público hasta tu trabajo es utilizar aplicaciones oficiales para el autodiagnóstico y prevención del coronavirus.
Según la nueva modificación a la ley que rige el uso de la mascarilla, esta será obligatoria en los medios de transporte aéreo, marítimo, terrestre o en ferrocarril. Esta medida incluye el tránsito por los andenes y estaciones de viajeros.
- Si viajas en autobús, en metro, tren o en el transporte de la empresa intenta, en la medida de lo posible, guardar la distancia interpersonal con los demás pasajeros.
- Puesto que no siempre es posible mantener la distancia de seguridad, el uso de la mascarilla sigue siendo obligatorio en espacios cerrados como los medios de transporte públicos. Las autoridades sanitarias siguen recomendando el uso de mascarillas higiénicas y no médicas si vas en este tipo de transporte.
- Siempre que puedas, evita pagar en metálico y el contacto con las superficies.
Viajes en vehículos privados
Actualmente ninguna Comunidad Autónoma restringe la ocupación de coches o furgonetas privadas. Sin embargo, el uso de la mascarilla es obligatorio si el vehículo se comparte con personas no convivientes. En caso de incumplimiento, la sanción se aplica de manera individual y no grupal como muchos piensan.
¡Ya lo sabes! En un vehículo privado la ocupación no está limitada por lo que no será necesario dejar plazas libres.
Viajes en motocicleta
Con el fin del uso de la mascarilla al aire libre, la ley no especifica nada en cuanto al uso de este elemento de seguridad cuando los traslados se realizan en motocicleta, por tanto, se mantienen las mismas normas que venían rigiendo nuestros desplazamientos en moto desde hace algunos meses.
La mascarilla no será obligatoria solamente si se viaja solo o con un conviviente. Tampoco será necesaria si se utiliza el casco integral. Por el contrario, en cualquier otra circunstancia, llevar el tapabocas será obligatorio.
Desplazamientos a pie o en bicicleta
Recuerda que:
- Si viajas solo, no es obligatorio que lleves la mascarilla mientras conduces. Tampoco lo será si viajas con personas convivientes.
- Si uno de los ocupantes tiene menos de seis años, no será imprescindible que lleve el tapabocas.
- Por prescripción médica o por causas de fuerza mayor debidamente justificadas, tampoco será necesario llevar la mascarilla de seguridad.
Regresa al trabajo con total seguridad. Recuerda que el virus no ha desaparecido y que la aparición de nuevas cepas sigue poniéndonos a prueba. ¡No bajes la guardia!