El interés técnico garantizado en los seguros de vida es un concepto que juega un papel crucial en los beneficios y la estabilidad que ofrecen estas pólizas. De hecho, entender cómo funciona es especialmente interesante para aquellas personas que están buscando proteger a sus seres queridos y, al mismo tiempo, asegurar su futuro financiero. Veamos en qué consiste este término, cuáles son sus límites y cómo se calcula.
¿Qué es el interés técnico garantizado en los seguros de vida?

El interés técnico garantizado es la tasa de interés mínima que una compañía de seguros de vida abona sobre el valor en efectivo de una póliza. Esta tasa se establece al principio del contrato y se garantiza durante un período específico. Por lo general, la compañía de seguros concreta cuál es, aunque hay que tener en cuenta que este varía en función del tipo de seguro y de las condiciones del mercado.

Una de las razones principales por las que el interés técnico garantizado es tan relevante es que afecta directamente al crecimiento del valor en efectivo de la póliza. Es decir, a medida que el titular cubre la prima del seguro, una parte de los pagos se destinan a ese valor de la cobertura, que puede acumularse con el tiempo.

Dicho de otro modo, si la compañía de seguros genera ganancias superiores a la tasa de interés garantizada, es posible que se otorgue un interés adicional al valor en efectivo de la póliza. Si, en cambio, las inversiones de la compañía no rinden lo suficiente, la aseguradora estará obligada a pagar al menos la tasa de interés técnico garantizado. Por esta razón, esta ofrece una medida de seguridad y estabilidad a los titulares de pólizas de seguros de vida, incluso en situaciones económicas difíciles o cuando las condiciones de mercado son desfavorables.

Uno de los aspectos que hay que tener en cuenta es que el interés técnico garantizado puede repercutir en la prima de la póliza. De hecho, la compañía de seguros puede ajustar la prima en función de la tasa. Es decir, si esta es alta, es posible que la prima sea más baja, ya que se espera que el valor en efectivo crezca rápidamente. Si, en cambio, la tasa de interés garantizada es baja, la prima puede ser más alta para compensar el crecimiento del valor en efectivo.

Además, el interés técnico garantizado influye en las ayudas económicas tras el fallecimiento del tomador del seguro. Y es que si el valor en efectivo de la póliza no aumenta lo suficiente por una tasa de interés baja, es posible que las pensiones también se vean afectadas. Dicho de otro modo, los beneficiarios podrían recibir una cuantía menor de la esperada.

El cálculo del interés técnico garantizado en los seguros de vida varía según la aseguradora y el tipo de póliza. Sin embargo, es posible encontrar algunos factores en común.

La mayoría de las compañías de seguros utilizan un enfoque prudente y conservador al establecer el interés técnico garantizado con el objetivo de hacerlo sostenible a largo plazo. Una vez que se determina la tasa de interés, se aplica al valor en efectivo de la póliza. A medida que este crece, el interés técnico garantizado se aplica anualmente para calcular los intereses acumulados.

No obstante, hay que tener en cuenta que la compañía de seguros puede examinar y ajustar el interés técnico garantizado en cualquier momento. Por este motivo, te recomendamos revisar detenidamente los términos y las condiciones de tu póliza.

 

En definitiva, el interés técnico garantizado en un seguro de vida se concreta al comienzo del contrato. Debido a que asegura un crecimiento mínimo del valor en efectivo, proporciona estabilidad y seguridad a los titulares de la póliza. Sin embargo, este tipo de interés puede afectar a otros aspectos, así que, si tienes dudas o deseas obtener información más precisa o actualizada sobre el interés técnico garantizado de un seguro, consulta con alguno de nuestros asesores. Ellos te ayudarán a comprender cómo funciona este concepto y cuál puede ser la decisión más adecuada en tu caso particular.

¿Te llamamos?
Déjanos tu teléfono y nos pondremos en contacto contigo
Asesoramiento jurídico y médico
 Llama de lunes a jueves de 9.00h a 19.00h y viernes hasta las 18:00h