Cuando un familiar o ser querido fallece, además de tener que lidiar con el dolor que produce la situación, debemos encargarnos de una serie de gestiones que no siempre son sencillas de tramitar. Una de ellas es averiguar si el fallecido tenía contratada una póliza de vida. Afortunadamente, conseguir esta información no es especialmente complicado. Es una consulta que puede hacerse por correo tradicional, de manera presencial o telemática. Hayas perdido o no a una persona importante en tu vida, conviene saber cómo actuar en determinadas situaciones que pueden llegar sin previo aviso. A continuación, te explicamos cómo saber si una persona dejó un seguro de vida.
¿Cómo saber si mi familiar tenía un seguro de vida?
Es la pregunta que muchas personas se hacen cuando muere un familiar cercano y no han sido informados de la existencia de un seguro de vida. Pues bien, si quieres saber cómo consultar el seguro de vida de una persona, la primera opción que tienes a tu disposición es acudir al Registro de Contratos de Seguros de Cobertura de Fallecimiento y solicitar la información. Cualquier persona, independientemente del vínculo que tuviese con el fallecido, puede consultar si la persona disponía o no de un seguro de vida, siempre y cuando presente los documentos requeridos. En el caso de solicitud electrónica, será necesario que estén disponibles telemáticamente los datos necesarios de defunción.
En este registro público se recogen todas las pólizas de vida y seguros de accidentes hasta cinco años después de ocurrido el siniestro. Aquí solo podrás saber si el fallecido tenía contratada la cobertura por fallecimiento, pero no quiénes son los beneficiarios ni el monto de la indemnización.
Ahora que ya tienes claro cómo saber si una persona dejó un seguro de vida, tras consultar el Registro de Contratos de Seguros de Cobertura de Fallecimiento, el segundo paso es acercarte a la aseguradora y averiguar si figuras como beneficiario. En caso de que no sea así, la empresa podrá limitarse a no proporcionar información detallada al respecto.
Registro de Contratos de Seguros de Cobertura de Fallecimiento
¿Quiénes se dan de alta en el registro?
¿Cómo acceder al Registro de Contratos de Seguros de Cobertura de Fallecimiento?
Cualquier persona que presente el certificado de defunción puede hacer la consulta. Esta averiguación puede llevarse a cabo pasados los 15 días hábiles desde la fecha del fallecimiento.
Aunque la información estará disponible durante 5 años a partir de la defunción de la persona (como hemos mencionado anteriormente), los datos podrán borrarse si así lo solicita la aseguradora tras comunicar que la indemnización ha sido satisfecha
¿Cómo solicitar un Certificado de Contratos de Seguros de cobertura de fallecimiento?
No sólo basta con preguntarse cómo saber si una persona dejó un seguro de vida. Dado que hay distintas formas de solicitar el certificado en cuestión, te explicamos cómo hacerlo de manera presencial, por correo o telemáticamente. ¡Es muy sencillo!
Si la solicitud se lleva a cabo de manera presencial o por correo postal, es necesario cumplimentar el Modelo 790 y abonar una tasa de 3,82 €. Se puede descargar de manera online u obtener de forma gratuita en las Gerencias Territoriales del Ministerio de Justicia.
En cuanto a la documentación, será necesario presentar el original o fotocopia compulsada del Certificado Literal de Defunción, documento que está incluido en la lista de trámites a realizar tras el fallecimiento de una persona y que es expedido por el Registro Civil correspondiente a la localidad en que haya muerto el asegurado. En él deberá constar el nombre de los padres del fallecido.
Si cuentas con firma electrónica, podrás hacer el trámite a través de la Sede Electrónica del Ministerio de Justicia.
¿Cómo se designa al beneficiario de un seguro de vida?
Cuando muere una persona cuyo fallecimiento está asegurado previamente, la compañía aseguradora está en la obligación de pagar al beneficiario o beneficiarios la suma pactada para dicho siniestro. Existen dos formas de realizar el nombramiento. Una es de forma expresa y la otra de manera genérica.
La primera ocurre cuando se firma el contrato de seguro y se hace la designación especificando nombres y apellidos de quienes serán los beneficiarios. La segunda vía permite al asegurado indicar únicamente quiénes serán sus beneficiarios en función del parentesco.
En cualquiera de los casos, dicho nombramiento podrá figurar en las Condiciones Particulares de la póliza, en un apéndice o certificado individual.
¿Tienes más dudas al respecto? Sabemos que la muerte de un familiar o ser querido es un momento tremendamente difícil al que se suman una serie de gestiones, trámites y papeleos que pueden hacer aún más complejo el momento. Desde Allianz ponemos a tu disposición soluciones completas de seguros y asesoramiento 24/7 para resolver todas tus dudas y ayudarte a solucionar aquellos inconvenientes que llegan sin avisar. Contacta con nosotros y conversa sobre tus necesidades con nuestros asesores expertos.
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