¿Cómo se gestiona una baja por depresión?

04/04/2019
Gestionar una baja por depresión
La visibilidad que se le ha dado a la depresión como enfermedad mental en los últimos años ha servido para educar a la población sobre lo que significa padecerla. Las personas con depresión suelen tener sentimientos de desasosiego, tristeza y abatimiento, una mezcla que afecta sus ganas de hacer o completar cualquier actividad, por básica que sea. La Fundación ANAED (Asistencia Nacional para la Ayuda al Enfermo de Depresión) recomienda en su Guía de la Depresión que, cualquier persona que crea que puede sufrir de esta enfermedad o que sufra de alguno de sus síntomas, pida ayuda médica consultando un psicólogo o psiquiatra (usa para ello tu seguro de salud).

Cuando la depresión escala, se puede convertir en un impedimento para el correcto desempeño laboral. La baja laboral es el permiso que se otorga para faltar al trabajo mientras se recibe un tratamiento médico adecuado, reposo y recuperación. Existen dos tipos de depresión: por motivos personales y por motivos laborales, y el tratamiento de ambas bajas guarda diferencias entre sí.

  • Depresión por motivos personales: el trabajador que se encuentra deprimido por motivos personales debe ir a su médico de cabecera, explicarle las síntomas y el contexto para que determine si, en efecto, está sufriendo de depresión y firme la baja médica. Este tipo de depresión se considera una enfermedad común y se tramita como una incapacidad temporal causada por contingencias comunes.
  • Depresión por motivos laborales: cuando la depresión está causada por motivos laborales como estrés laboral, sobrecarga de trabajo, desmotivación, rivalidad entre compañeros, acoso o creencia de despido, la baja se tramita como un accidente laboral y debe hacerse a través de la mutua de la empresa. Sin embargo, la realidad es que las mutuas no suelen conceder este tipo de bajas, por lo que el trabajador tendrá que acudir a la Seguridad Social y gestionarla como una enfermedad común
Las enfermedades mentales no tienen tiempos estándares de recuperación y suelen ser más complicadas de predecir que cualquier otra patología. El tiempo máximo que puede durar una baja médica son 12 meses, tras los cuales el médico puede prorrogarla hasta 180 días más si tiene indicios suficientes de que puede curarse en ese tiempo extra. Si transcurren esos 180 días y el trabajador sigue sin mostrar recuperación, tendrá que acudir a un tribunal médico para que valore otorgarle la incapacidad permanente. 

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