Contratar un seguro de coche, además de ser obligatorio, nos da la seguridad y tranquilidad que necesitamos cuando compramos un coche. Cuando contratamos el seguro podemos elegir tener más o menos coberturas, si bien los seguros de coche a todo riesgo son los más completos, conviene saber que no nos protegen ante cualquier daño que podamos ocasionar o sufrir con nuestro vehículo. Existen una serie de situaciones, todas ellas relacionadas con el incumplimiento de la ley, en las que la aseguradora no nos puede dar cobertura, por ejemplo, conducir bajo los efectos del alcohol. A continuación, explicamos, de manera muy sencilla, qué no cubre el seguro del coche. ¡Empezamos!
Coberturas exentas del seguro

Cuando contratamos un seguro de coche es muy importante leer bien la póliza del seguro para verificar que todos los datos son correctos y tener claro cuáles son sus coberturas, exclusiones y limitaciones para no llevarnos ninguna sorpresa desagradable.

Además, también conviene conocer todas las circunstancias en las que no estaremos cubiertos por la póliza, ya sea por incumplir la ley o las condiciones de contratación.

Así como el hecho de  conducir sin póliza de seguro y sin ITV son faltas que penalizan las autoridades de tráfico, circular con un vehículo en mal estado sería otra causa que no cubriría nuestro seguro de coche.

En otras palabras, si no hemos pasado las revisiones técnicas reglamentarias y sufrimos o ocasionamos un accidente, el seguro de coche podría negarse a hacerse cargo del siniestro, independientemente de que se pueda comprobar o no que el mal estado del vehículo ha sido la causa directa o indirecta del accidente.

El alcohol es uno de los factores de riesgo más frecuentemente implicados en los accidentes de tráfico. Según la DGT (Dirección General de Tráfico), se ha llegado a calcular que, de cada 100 accidentes mortales, el alcohol está implicado de un modo u otro hasta en 50 de ellos.

Por ley, no está permitido conducir por las vías públicas con tasas superiores a 0,5 g/l de alcohol en sangre (0,3 g/l para conductores profesionales y noveles). Es decir, que la conducción con niveles superiores a los establecidos, así como la negativa a someterse a las pruebas pertinentes, se considera una infracción grave que puede acabar con una multa o una suspensión del permiso.

Tanto la alcoholemia superior a la permitida como la presencia de drogas, estupefacientes u otras sustancias psicotrópicas en sangre hacen que el seguro no cubra el accidente.

Otra de las situaciones que no está incluida en las coberturas del seguro de coche son los daños que voluntariamente puedan causar al vehículo, el propio tomador de la póliza, el asegurado, el conductor, el propietario del coche o los familiares de cualquiera de estas personas. La única excepción se aplicaría en caso de que se pueda comprobar que el daño haya sido causado para evitar un siniestro o mal mayor.

Para no hacerse cargo de la reparación del vehículo y de los daños causados por el accidente, la aseguradora también tendrá en cuenta los perjuicios producidos por una persona al volante sin contar con el correspondiente permiso de conducir. En este supuesto, también se incluyen los casos de conductores que hayan vulnerado la sanción o condena administrativa de anulación o retirada del carné.

Participar en apuestas, carreras, desafíos o pruebas deportivas con nuestro coche asegurado supone correr el riesgo de perder el derecho a la cobertura del seguro.
Declarar una marca o modelo de coche distinto al que realmente debe estar asegurado es una forma de alterar la declaración de siniestro. Todo asegurado que incurra en falsedad intencionada o simulación podrá perder su derecho a cobertura.
No todas las coberturas del seguro de coche están a cargo de la aseguradora. De hecho, cuando contratamos una póliza de coche, una parte de la prima se abona al Consorcio de Compensación de Seguros. De esta forma, nos aseguramos de que alguien se hará cargo de aquellos siniestros que no cubre el seguro.

El  Consorcio de Compensación de Seguros cubre lo siguiente:

  • Fenómenos naturales (terremoto, inundación, erupción volcánica, riada, tempestad ciclónica atípica, etc.).
  • Robo.
  • Motín.
  • Tumulto popular.
  • Terrorismo.
  • Actuaciones en tiempos de paz de las Fuerzas Armadas o Cuerpos de Seguridad.

Existen muchas otras circunstancias en las que el Consorcio de Compensación de Seguros no se hace cargo, como por ejemplo:

  •  Daños producidos al circular por el interior del recinto de aeropuertos.
  • Daños producidos al circular por el interior de puertos marítimos.
  • Los perjuicios causados tras utilizar el coche como instrumento para la comisión de delitos dolosos contra bienes o personas.

Desde Allianz te aconsejamos asesorarte bien cuando contrates un seguro de coche para asegurarte de que tiene las coberturas que necesitas y que te leas bien el contrato para evitar posibles errores en los datos.

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