Seguro para la piscina comunitaria: ¿es obligatorio?

17/07/2023
Seguro para la piscina comunitaria: ¿es obligatorio?

Si bien la ley no determina específicamente la obligación de contar con un seguro para piscinas comunitarias, esto no significa que, en caso de un accidente, se exima de esta responsabilidad a los propietarios y administradores de la comunidad. De hecho, cualquier incidente, tanto de daños personales como materiales, puede requerir la responsabilidad civil obligatoria de la comunidad e implicar costes adicionales.

Sin embargo, si la comunidad cuenta con un seguro que cubre los accidentes en la piscina comunitaria, no solo se incluirá la responsabilidad civil obligatoria, sino posibles reclamaciones y demandas por los daños causados a terceros. Es decir, la póliza cubrirá desde las lesiones sufridas por los usuarios de la piscina hasta daños a terceras personas. Además, algunas también ofrecen cobertura en caso de reparación o reconstrucción si se producen daños materiales en la propia piscina.

Aunque la normativa vigente no obliga a la contratación de un seguro para la piscina comunitaria, una póliza de estas características puede proporcionar la protección necesaria para cubrir determinados riesgos. Los seguros para piscinas comunitarias suelen incluir:

●       Responsabilidad Civil Obligatoria, útil para daños causados a terceros.

●       Seguro para los empleados que trabajan en el mantenimiento y la seguridad de la piscina.

●       Reparación de filtraciones o problemas de estructura de la piscina.

●       Reparación de desperfectos a causa de las inclemencias meteorológicas.

●       Cobertura ante actos vandálicos que puedan ocurrir durante su uso.

Asimismo, el seguro para piscinas comunitarias generalmente ofrece una cobertura legal ante demandas y litigios. De hecho, en el caso de no contar con un seguro y producirse un accidente, la comunidad y los propietarios podrían enfrentarse a una demanda y a sus respectivas indemnizaciones y sanciones. Es importante recordar que los accidentes y las lesiones pueden ocurrir en cualquier momento y a cualquier persona, independientemente de cuán cuidadosa sea la comunidad.

Como ves, la comunidad de propietarios no tiene la obligación de contar con un seguro para la piscina comunitaria. Sin embargo, toda piscina de uso público debe cumplir con determinados requisitos.
La contratación de un socorrista acreditado es obligatoria en cualquier piscina de uso público. Sin embargo, en función de la Comunidad Autónoma y el tamaño de la piscina, será necesario disponer de más de un socorrista.
En el caso de que ocurra un accidente, el botiquín de primeros auxilios permitirá asistir lo más rápido posible a cualquier bañista que sufra una herida.
La piscina también debe contar con un cartel en el que aparezcan las normas generales de uso e higiene de esta. Además, este debe ofrecer información sobre la profundidad de la piscina, los horarios, el aforo máximo permitido, la edad mínima para acceder y las actividades prohibidas. Este reglamento debe estar situado en un lugar visible, normalmente a la entrada del recinto.

Por último, el agua de la piscina comunitaria debe contener los productos químicos adecuados para el uso humano y cumplir con unos niveles de calidad y de salubridad mínimos.

Aunque no existe la obligación legal de contratar un seguro para piscinas comunitarias, estos espacios conllevan riesgos y responsabilidades, por lo que contar con una póliza específica es recomendable. Es más, un seguro idóneo puede proporcionar la protección necesaria en caso de incidentes o accidentes, y ofrecer cobertura tanto de responsabilidad civil como de defensa legal para los propietarios, administradores y miembros de la comunidad.

 

De todos modos, recuerda que las garantías que ofrece cada seguro pueden variar según la compañía y el contrato. Así que lee detenidamente los términos y las condiciones de la póliza y busca orientación profesional si necesitas ayuda. Nuestro equipo de asesores resolverá todas tus dudas.

#FAQs #segurodecomunidad #seguropiscina
¿Te llamamos?
Déjanos tu teléfono y nos pondremos en contacto contigo
Asesoramiento jurídico y médico
 Llama de lunes a jueves de 9.00h a 19.00h y viernes hasta las 18:00h