El certificado de últimas voluntades es un documento oficial clave para conocer si una persona fallecida dejó testamento y ante qué notario lo hizo. Este certificado es indispensable en la gestión de herencias, evitando conflictos y proporcionando claridad en el proceso. Obtenerlo es un trámite sencillo, pero requiere cumplir ciertos requisitos y seguir los procedimientos indicados. Te explicamos todo lo que necesitas saber sobre él. 
El certificado de últimas voluntades sirve como herramienta principal para determinar la existencia de testamento y localizarlo. Es un documento esencial para iniciar cualquier trámite hereditario. Desempeña un papel fundamental para que los herederos accedan a bienes del finado, como el importe vinculado al seguro de vida.
El certificado de últimas voluntades es un documento emitido por el Ministerio de Justicia que certifica si una persona fallecida otorgó testamento. Su principal finalidad es garantizar que la voluntad del difunto se respete, evitando procesos judiciales innecesarios y facilitando la ejecución de la herencia.
El Ministerio de Justicia, a través del Registro General de Actos de Última Voluntad, es el encargado de emitir este certificado en España. Este registro almacena información sobre todos los testamentos inscritos en el país, asegurando un acceso centralizado y fiable.
Obtener este documento es un proceso regulado que implica cumplir ciertos requisitos y dirigirse a las instituciones pertinentes en los plazos establecidos.

Para solicitar el certificado, se necesita:

  • Certificado literal de defunción emitido por el Registro Civil.
  • Pago de la tasa oficial a través del modelo 790, que puede descargarse desde la web del Ministerio de Justicia.

Formulario de solicitud cumplimentado.

Existen varias formas de solicitar un certificado de últimas voluntades. La primera de ellas es de manera presencial en la Oficina Central de Atención al Ciudadano o en cualquier oficina de las Gerencias Territoriales. Debes asegurarte de pedir una cita previa para ser atendido. También se puede solicitar mediante un correo remitido al Registro General de Actos de Última Voluntad, o de manera telemática, a través de la Sede Electrónica del Ministerio de Justicia.

Para iniciar el trámite, debemos esperar al menos 15 días hábiles desde la muerte del familiar, sin contar el propio día del fallecimiento, ni el fin de semana o días festivos. Transcurrirán entre 5 y 10 días hasta que recibamos el documento. Todo dependerá de que la solicitud se haya hecho por correo o telemáticamente.

El acceso al certificado está restringido a ciertas personas y bajo condiciones específicas para garantizar la privacidad de los datos del difunto.

Pueden solicitar el documento:

  • Familiares directos del fallecido.
  • Representantes legales debidamente acreditados.
  • Personas con interés legítimo en la herencia, como herederos designados en un testamento previo.
El plazo para obtener el certificado es indefinido, pero resulta indispensable para iniciar cualquier proceso de reparto de herencia. Sin embargo, la solicitud debe realizarse cumpliendo con la normativa de protección de datos y acreditando un interés válido.
El trámite de obtención del certificado es asequible y cuenta con plazos claros que aseguran un procedimiento ágil.
La tasa para emitir el certificado de últimas voluntades es de 3,86 euros. El pago debe realizarse mediante el modelo 790 y presentarse junto a la solicitud.
Si la solicitud se realiza presencialmente, el certificado suele entregarse en el acto. En caso de solicitudes por correo o vía telemática, el plazo puede extenderse a 10-15 días hábiles desde la recepción de los documentos.
Este documento juega un rol fundamental en los procesos de herencia, asegurando que los bienes y derechos del fallecido se distribuyan conforme a su voluntad.
Sin este certificado, no es posible iniciar el proceso de reparto de la herencia. Además, los herederos deberán recurrir a un procedimiento judicial más largo y costoso para determinar la existencia de testamento.
El certificado de últimas voluntades permite identificar el notario ante el cual se otorgó el último testamento, agilizando el acceso al contenido del mismo y facilitando la correcta distribución de la herencia según las disposiciones del fallecido.
En el mismo trámite del certificado de últimas voluntades, es posible solicitar el Certificado de Contratos de Seguro con Cobertura de Fallecimiento, que informa si el fallecido contaba con un seguro de decesos y qué aseguradora lo gestionaba. Este documento es útil para cubrir gastos funerarios o descubrir pólizas asociadas.
Si no existe testamento, la herencia se rige por las normas de sucesión intestada del Código Civil. En estos casos, el certificado de últimas voluntades es necesario para confirmar la ausencia de testamento y proceder al reparto según el orden legal de herederos.
Sí, el certificado puede solicitarse de forma telemática a través de la Sede Electrónica del Ministerio de Justicia, siempre que se disponga de un certificado digital válido. Este método es rápido y evita desplazamientos innecesarios.
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