Aunque no exista una actividad económica de por medio, así como las empresas, las asociaciones también deben protegerse ante reclamaciones de terceros (voluntarios, socios, trabajadores, etc.) que puedan poner en peligro su patrimonio. Y es que las asociaciones sin ánimo de lucro están expuestas a riesgos muy parecidos a los de organizaciones que desarrollan actividades económicas lucrativas: la rotura de un cristal, denuncias de proveedores, daños a empleados, entre otros.
Este tipo de póliza garantiza la responsabilidad civil por daños corporales que puedan sufrir las personas relacionadas con la asociación producto del uso de las instalaciones o por la participación en actividades organizadas por la entidad. Asimismo, cubre los gastos de defensa jurídica y los de indemnizaciones.