La Remoción de Restos es una cobertura adicional del seguro de embarcaciones. A través de esta, se cubren los gastos relacionados con el reflotamiento del barco en caso de naufragio. No obstante, la remoción de restos también puede darse si el barco queda varado o atrapado.
El reflotamiento y/o la retirada de restos puede suponer un coste muy elevado para el armador. De hecho, la Administración Pública puede obligar al propietario a retirar los restos del naufragio o a reflotar la embarcación. Para ello, las autoridades utilizarán una serie de criterios, como:
● La embarcación se hunde en su propio atraque por una falta de mantenimiento.
● Los restos de la embarcación pueden afectar o perjudicar a la navegación de otros barcos.
● La embarcación queda hecha pedazos por el embate del mar.
● El naufragio se produce en zonas
de especial sensibilidad o zonas costeras. En función del coste de reparación y la suma asegurada, la remoción de restos podrá derivarse a Salvamento Marítimo.
● La embarcación encalla sobre un fondo de roca bajo un acantilado. El difícil acceso puede requerir grúas de alto tonelaje y, por tanto, unos costes muy elevados. Al igual que en el caso anterior, este siniestro puede derivarse a Salvamento Marítimo.
● Los restos del barco pueden dañar al medioambiente.
La remoción de restos es una garantía opcional. Sin embargo, algunos puertos y dársenas pueden exigir esta cobertura entre sus normas a los propietarios de embarcaciones. De esta forma, protegen a la entidad y a sus socios.