El leasing de vehículos es un tipo de alquiler de coches. El leasing se realiza mediante un contrato en el que el arrendador traspasa al arrendatario el derecho a usar el bien a cambio del pago de unas rentas establecidas para un plazo determinado. Al término del contrato, el arrendatario tiene cuatro alternativas: comprar el vehículo arrendado a un precio residual (se fija en el momento de la firma del contrato), devolver el vehículo, renovar el contrato de leasing financiero o firmar un nuevo contrato para otro vehículo.

Los contratos de vehículos de leasing tienen una duración mínima de 24 meses que, por lo general, puede extenderse hasta los cuatro años.

El leasing de vehículos ofrece la posibilidad de financiar por completo la inversión. Esto quiere decir que tanto los particulares como las empresas pueden renunciar a los préstamos y olvidarse de hacer frente a un desembolso inicial

El leasing de vehículos es una alternativa a la que pueden acceder tanto personas físicas como personas jurídicas (autónomos, empresas, profesionales y emprendedores). Para este último grupo el importe de la cuota mensual que se paga por el alquiler del vehículo no se considera como una deuda, sino como un gasto tributario. Es decir, que los vehículos de leasing pueden deducirse como gasto a la hora de pagar el IRPF (Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas) o el Impuesto de Sociedades.

Al no considerarse un bien comprado ni una deuda adquirida, se pueden tramitar nuevas inversiones sin que exista penalización por parte de las entidades bancarias o riesgo comercial financiero.

Aunque el arrendador no es el dueño del vehículo mientras dure el arrendamiento financiero, los gastos que implica mantener en buen estado el bien sí es su responsabilidad. El arrendador tendrá que hacer frente a gastos de mantenimiento, reparaciones, averías y la contratación de un seguro de coche
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