Hurto leve: según el código penal, este tipo de hurtos son aquellos en los que los bienes sustraídos no superan los 400€. Es decir, que entre el dinero en efectivo y el valor de mercado de los objetos que te hayan robado (móvil, cartera, bolso) no se superen los 400 euros. En este caso, la pena suele oscilar entre uno tres meses de prisión (siempre en función del juez y los antecedentes del ladrón).
Hurto básico: Dentro de este grupo, entran los hurtos en los que el valor de lo robado sí supera los 400€. En este caso, este delito estaría penado con hasta año y medio en prisión.
Hurto agravado: Hay ciertas situaciones en las que un hurto puede estar penado de forma más dura (con prisión de entre uno a tres años) en función de los objetos robados o de las circunstancias del hurto:
- Hurto de objetos con valor cultural o artístico
- Hurto de objetos científicos
- Hurto en infraestructuras de tipo eléctrico, telecomunicación, etc.
- Productos agrícolas y ganado robados directamente de sus explotaciones
- En caso de desabastecimiento, hurto de bienes de primera necesidad
- Si se causan grandes daños durante el hurto
- Si el ladrón tiene antecedentes por delitos contra el patrimonio y el orden
- Si el ladrón pertenece a una banda de crimen organizado
- Si se ha utilizado durante el robo a menores de 16 años
- Si la víctima queda en una situación económica grave a causa del hurto