El Fideicomiso es un acuerdo legal que establece un intermediario entre los bienes a heredar y el heredero final. El fideicomiso es un acto de confianza en el que el propietario original de los bienes entrega estos activos a una persona para su custodia y administración hasta que el heredero pueda hacerse cargo de los bienes.
La figura del fideicomiso tiene como objetivo preservar los bienes que, en otras circunstancias, podrían disgregarse y venderse en una partición de herencia convencional. De este modo, se perdería el valor de conjunto o ciertos inmuebles o acciones se devaluarían.
El fideicomiso también se utiliza cuando el heredero final no ha cumplido aún la mayoría de edad o se encuentra incapacitado para hacerse cargo de los bienes. En otros casos, el fideicomiso puede actuar como primer heredero, es decir, beneficiarse de los bienes. Sin embargo, el contrato, regulado por el Código Civil, debe expresar con claridad que se trata de un intermediario y que existe una intención real de transmitir los bienes.
Partes que intervienen en un contrato de fideicomiso
En un contrato de fideicomiso intervienen tres partes, aunque puede sumarse una cuarta.
Fideicomitente
El Fideicomitente es el testador o propietario original de los bienes. Dicho de otro modo, es la persona que inicia el proceso de ceder sus bienes a un beneficiario a través del fideicomiso.
Fiduciario
El fiduciario es la institución o persona que recibe los bienes del propietario o fideicomitente de forma temporal, es decir, no será el destinatario. El único objetivo del fiduciario será gestionar y custodiar los bienes hasta el momento en que pueda transferirlos al beneficiario final.
Fideicomisario
El fideicomisario es el propietario final de los bienes, esto es, el heredero del fideicomitente. Podrá hacerse cargo del patrimonio cuando cumpla los plazos o las condiciones impuestos —como alcanzar la mayoría de edad.
Beneficiario
En la mayoría de los casos, la figura del beneficiario coincide con la del fideicomisario. Sin embargo, el propietario original puede entregar el usufructo o parte de él a una persona diferente que la destinataria final.