El Consorcio de Compensación de Seguros es el encargado de asumir las indemnizaciones por riesgos extraordinarios, que son aquellos que no cubren las aseguradoras, como por ejemplo, fenómenos de la naturaleza muy graves o siniestros derivados de conflictos políticos o sociales. Para poder recurrir al consorcio es necesario tener en vigor el seguro con una aseguradora.
En el caso de los seguros para automóviles, el consorcio también es el encargado de asegurar los automóviles no aceptados por las aseguradoras, los de los organismos públicos que lo soliciten y de hacer frente a los daños causados por vehículos de los que se desconoce el propietario, han sido robados o no tenían seguro.
Otra función importante del consorcio es la de liquidador de entidades aseguradoras en caso de quiebra, con el fin de proteger a todos sus acreedores, asegurados, beneficiarios y terceros perjudicados.
El consorcio de compensación de seguros es una entidad pública empresarial, adscrita al Ministerio de Economía, con personalidad jurídica propia.
Consulta más información sobre la cobertura del CCS en:
- Cláusulas de Indemnización del Consorcio de Compensación de Seguros
- Web del Consorcio de Compensación de Seguros