¿Cómo gestiono un problema con la comunidad?

29/07/2019
Cómo resolver un problema con la comunidad
Según las últimas estadísticas de Eurostat (Oficina Europea de Estadística), aproximadamente el 67% de los españoles viven en edificios, lo que significa que una amplia mayoría de los españoles convive en comunidades de vecinos, con todos los beneficios y problemas que eso conlleva. Estos últimos están a la orden del día, a pesar de la Ley de Propiedad Horizontal, que se encarga –en teoría- de regular estos desencuentros. Según el Colegio Profesional de Administradores de Fincas de Madrid (CAFMadrid), existen seis focos de conflicto entre los propietarios y vecinos de una comunidad.
  • Los ruidos
  • La morosidad en las cuotas comunes
  • Las reformas 
  • Las obras comunitarias
  • Las humedades
  • El mal uso de las zonas comunes

El primer filtro para canalizar estos problemas es el presidente de la comunidad, que será el encargado de gestionar las molestias de los vecinos, convocar reuniones comunales y buscar soluciones para aliviar el malestar hasta que el problema quede solucionado. En caso de que no se llegue a ningún acuerdo, el problema escala hasta la Junta de Vecinos, con la presencia opcional del administrador de la finca (reconocido por la ley). La última instancia para solucionar alguno de estos problemas, es poner el caso en manos de un juez. 

El mismo CAFMadrid afirma que el 80% de los conflictos que surgen en una comunidad de vecinos pueden ser solventados a través de la mediación y aconsejan a los propietarios asistir siempre a las juntas para participar en la toma de decisiones que garanticen el buen funcionamiento de la comunidad. En caso de que el conflicto escale a instancias en las que alguna de las partes se niegue a mediar, las acciones judiciales pueden ir precedidas por una demanda administrativa, salvo en los casos en que el problema sea un vecino moroso. Cuando el problema es con la Junta de Propietarios, quienes no voten a favor de alguna reclama pueden oponerse mediante la vía legal en los tres meses próximos, un plazo extensible hasta por un año según el caso.   

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