¿Sabes lo que es un leasing financiero?

07/11/2018
Leasing financiero

El leasing financiero es una opción bastante flexible cuando se trata de adaptar las cuotas a las necesidades de la empresa que arrienda el inmueble. Este tipo de contratos contemplan los derechos de uso, la entidad de crédito que lo arrienda (o el dueño único de haberlo), y el proveedor (el fabricante o suministrador que el arrendatario haya elegido). Dependiendo de las circunstancias, también pueden contemplar la opción de compra al finalizar el periodo de tiempo estipulado, y en ese caso es necesario comunicarlo antes del último pago para saber si es procedente o no.

En el caso de España, el leasing financiero está regido por la Disposición Adicional Séptima de la Ley 26 de 1988, que estipula que este tipo de contrato puede ser realizado sobre bienes muebles o inmuebles que han de quedar afectos a una actividad empresarial o profesional llevada a cabo por quien arrienda. Esta disposición también da por sentado que la cesión se hará a cambio de un abono económico en cuotas periódicas y que el contrato tiene carácter irrevocable, salvo que exista un pacto con la entidad de crédito.

Ventajas a nivel fiscal

Uno de los principales beneficios de un leasing financiero es el tratamiento fiscal que se le da a efectos de impuestos sobre sociedades, donde se considera un gasto deducible fiscalmente tanto en intereses como en costes correspondientes a la amortización. La ventaja se aprecia justamente porque permite una amortización acelerada con el mismo tratamiento de intereses previsto por el impuesto de un préstamo a largo plazo. 

Leasing mobiliario: el leasing mobiliario tiene como función estipular el arrendamiento de muebles para procesos productivos empresariales o profesionales con una duración mínima de dos años y máxima de cinco. También puede contemplar la opción de renovar los equipos o disponer de bienes que estén puestos al día.

Leasing inmobiliario: este tipo de leasing se aplica cuando una entidad de crédito ha comprado un inmueble y éste va a ser arrendado a una empresa interesada. La duración mínima de este contrato es de diez años y máximo de quince, con opción a venta en la mayoría de las ocasiones. Para poder hacerlo, el inmueble deberá ser usado para fines comerciales o de almacenamiento.

 

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