Cómo funciona la herencia de un plan de pensiones

14/10/2021
Heredar plan de pensiones

Para entender cómo funciona la herencia de un plan de pensiones es indispensable diferenciar las tres personas que intervienen en la contratación de este tipo de producto financiero:

  • Por un lado, tenemos al promotor del plan de pensiones que no es más que una empresa, sociedad, aseguradora o entidad bancaria que ofrece el producto.
  • Por un lado, tenemos al El partícipe es la persona física que contrata el plan de pensiones para cubrir su solvencia económica en caso de jubilación, incapacidad o dependencia.
  • Por un lado, tenemos al  Los beneficiarios son quienes reciben el derecho de percibir las prestaciones del plan. El beneficiario coincidirá con el partícipe siempre y cuando las contingencias que tengan lugar sean las de jubilación, incapacidad o dependencia. No obstante, si lo que ocurre es el fallecimiento, entonces el beneficiario será la persona que el partícipe haya designado.

Cuando una persona contrata un plan de pensiones, previamente también designa a la persona que podrá retirar el dinero acumulado en caso de fallecimiento. Al momento de la firma del contrato, el partícipe podrá elegir como beneficiario a una o varias personas e incluso establecer los porcentajes de herencia para cada uno de los receptores del plan de pensión.

Y, ¿qué pasa si el partícipe no hubiera nombrado a ningún beneficiario? Pues bien, en esos casos el plan de pensiones pasaría a manos de quienes el ahorrador hubiese designado expresamente en su testamento.

También puede suceder que o no exista testamento o no se haya expresado la designación de beneficiarios. Entonces, los beneficiarios del plan pasarían a ser los que indique el propio reglamento del plan de pensiones. Lo habitual es que sean los herederos legales (cónyuge y descendientes) y, en última instancia, los herederos testamentarios o abintestato del partícipe (los que a falta de testamento señala la ley como herederos del difunto).

El interesado en rescatar el plan de pensión tendrá que presentar la siguiente documentación:

  • Fotocopia del DNI del beneficiario y del fallecido.
  • Certificado original de defunción del partícipe del plan de pensiones.
  • Documento que acredite al beneficiario como tal. Puede ser el último boletín de designación de beneficiarios, testamento, certificado de últimas voluntades, libro de familia, declaración de herederos o la escritura de herencia.
  • Solicitud de prestación por fallecimiento. En caso de que exista más de un beneficiario, cada uno tendrá que presentar dicha solicitud.

¡Hay varias opciones! Lo primero es que heredar un plan de pensiones no obliga al beneficiario a retirar el dinero inmediatamente. De hecho, las entidades intentan que las personas conserven el plan y sigan realizando aportaciones, cuestión que es muy aconsejable si no se necesita disponer del dinero de forma inmediata para cubrir otras necesidades urgentes.

Otra cuestión importante es que, en caso de querer cobrar el dinero, este no tributa en el Impuesto de Sucesiones y Donaciones, pero sí en la declaración de la renta. Esto es así dado que, los planes de pensiones forman parte de las rentas de trabajo y, por tanto, el dinero que se rescate se sumará al dinero que se haya ganado durante el año.

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