Requisitos para que una empresa cotice en bolsa

28/08/2019
Cualquier empresa que quiera cotizar en bolsa debe cumplir una serie de requisitos formales y económicos que le permitirá entrar a un mercado donde podrá ofrecer a sus accionistas e inversores cierta garantía de liquidez. El capital social mínimo con el que debe contar una compañía para cotizar en bolsa es de 200 millones de euros, pero también entran en juego factores como los años de antigüedad, la aportación de documentación jurídica y la auditoria de cuentas.
Requisitos para salir en bolsa

Una empresa que cotiza en bolsa es sinónimo de solvencia, transparencia y prestigio. De hecho, la propia admisión a Bolsa es ya un indicador de la capacidad que tiene la empresa para generar beneficios económicos, pues significa que tiene un nivel de organización y un sistema eficientes. Esto atrae a potenciales inversores, que se ven tentados por las posibilidades de negocio, lo que incrementa la competitividad de la empresa. 

Otra ventaja es que las empresas que salen a bolsa por primera vez, reciben una cuota de publicidad y presencia en los medios muy por encima del resto de empresas, sobre todo en lo que se refiere a la prensa financiera especializada. Esta presencia en prensa debería ser capitalizada por la propia empresa, concretando y afianzando las relaciones externas de la compañía, reforzando su campaña de marketing y refrescando las formas de hacer de su éxito su mayor publicidad.

Sin embargo, salir a bolsa también tiene sus riesgos. Una demanda débil de títulos o cambios drásticos en el mercado pueden interrumpir la cotización, y una salida frustrada puede afectar la imagen de la sociedad. Cabe destacar que cualquier sociedad anónima, en principio, puede distribuir sus acciones entre el público, siempre que solicite su admisión a negociación en bolsa.  

La Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) es la entidad encargada de regular la entrada y cotización en bolsa. Para ello exige cuatro requisitos: 

  • Para asegurar la liquidez de los valores, es obligatorio que el importe total de las acciones cuya admisión a negociación sea solicitado, sea de 6 millones de euros como monto mínimo, y que al menos la cuarta parte del capital quede repartida entre el público. 
  • Es necesaria la conversión de los títulos en papel, en anotaciones en cuenta. Esto quiere decir que las acciones deben estar en anotaciones en cuenta y en registros que estarán a cargo de Iberclear (Depositario Central de Valores español). 
  • Las acciones deben ser libremente transmisibles. 
  • Todo lo anterior debe quedar registrado en la CNMV junto a la escritura de constitución, estatutos y todos los documentos que acrediten que el emisor está en completa regularidad jurídica y el correspondiente folleto informativo. Este folleto debe presentar la información de manera que su análisis sea lo más fácil posible, con el fin de que los inversores puedan evaluar su oferta en base a la situación financiera del emisor y la relación beneficio- pérdida de esto. 
El procedimiento comienza formalmente cuando se presenta la solicitud a la sociedad rectora de la bolsa. A partir de aquí se abre un expediente de admisión a negociación, se examinan los requisitos y la regularidad del solicitante, las características de difusión y la transmisibilidad del valor. Por otro lado, lo habitual es que se contrate a un banco de inversión para que ayude a los asesores jurídicos de la empresa a diseñar la estrategia de colocación de valores entre el público.
 
 
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