Tienen la consideración de riesgos extraordinarios y catastróficos:
Fenómenos de la naturaleza del tipo: Terremotos y maremotos, inundaciones extraordinarias, erupciones volcánicas, tempestad ciclónica atípica y caídas de cuerpos siderales y aerolitos.
Los ocasionados violentamente como consecuencia de terrorismo, rebelión, sedición, motín y tumulto popular.
Hechos o actuaciones de las Fuerzas Armadas o de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad en tiempos de paz.
Toda la información sobre Riesgos Extraordinarios y Catastróficos en: Riesgos Cubiertos por el Consorcio de Compensación de Seguros